Últimas disposiciones de la FATCA

Se publican regulaciones definitivas para esta normativa



Conceptos

* Tomando en consideración las características propias de la legislación nacional, dicho acuerdo se deberá “tropicalizar”, con el objeto de no violentar preceptos constitucionales y de otra índole que menoscaben los derechos de los ciudadanos hondureños.

* También las regulaciones finales han introducido a FATCA nuevos aspectos que deben ser conocidos por las entidades del sistema financiero en Honduras como son: la creación de un Portal de Registro FATCA, el que deberá estar abierto al público a más tardar el 15 de julio del 2013.

El enero pasado, el Departamento del Tesoro y el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS por sus siglas en inglés), dieron a conocer las regulaciones finales respecto a FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act).
La normativa sobre FATCA se encuentra incluida dentro del Capítulo Cuarto de la Ley de Impuesto Sobre la Renta de los Estados Unidos, mediante la cual el gobierno de ese país, solicita a las entidades financieras de todo el mundo identificar y reportar las inversiones que los contribuyentes norteamericanos tienen en el extranjero.
Como antecedente, se tiene el Decreto número 115-91, suscrito el 27 de septiembre de 1990, entre el gobierno de Estados Unidos y Honduras, mismo que oficializó el Convenio de Intercambio de Información Tributaría que obliga a Honduras a cumplir los lineamientos establecidos por la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras (FATCA), creada por el gobierno de Estados Unidos. Honduras optó por el establecimiento de un Acuerdo Inter-gubernamental con el Departamento del Tesoro. Dicho acuerdo, tiene dos modalidades optativas de intercambio de información, el modelo recíproco: envió de información de ciudadanos y residentes estadounidenses o partes relacionadas estadounidenses en Honduras y viceversa. Y el modelo no reciproco: envió de información únicamente de uno de los dos países hacia el otro.
Tomando en consideración las características propias de la legislación nacional, dicho acuerdo se deberá “tropicalizar”, con el objeto de no violentar preceptos constitucionales y de otra índole que menoscaben los derechos de los ciudadanos hondureños.
Actualmente, hay más de 50 países que ya negociaron o están en proceso de negociación de contratos inter-gubernamentales para simplificar la implementación de esta normativa. Existen varios modelos de este tipo de contratos, algunos de los cuales en algunos permiten que el reporte se haga al gobierno de cada país, y luego este último posteriormente le enviará la información al Departamento del Tesoro de Estados Unidos; en otros casos, son las entidades financieras las que deberán reportar la información al Departamento del Tesoro simplificando así el proceso.
Entre algunos de los puntos más importantes de las regulaciones finales de FATCA, podemos mencionar las siguientes:
-Se proporciona a los contribuyentes y demás interesados una idea más clara de cómo FATCA se aplicará a las transacciones obligadas a reportarse por esta normativa.
-Las instituciones financieras podrán establecer medidas de cumplimiento FATCA que cumplan con la normativa emitida.
-Se incluyen cambios en la definición de una Entidad Financiera Internacional (EFI) modificándola para reflejar más estrechamente la definición de EFI plasmada en los acuerdos intergubernamentales.
-El reglamento final brinda más información sobre la metodología a seguir por cada país para la firma del Acuerdo Inter-gubernamental incluyendo entre otras que las entidades financieras tendrán que mantenerse actualizadas para apegarse a las últimas regulaciones emitidas por FATCA y las acciones que se deberán tomar con el objeto de cumplir con los nuevos plazos establecidos.

También las regulaciones finales han introducido a FATCA nuevos aspectos que deben ser conocidos por las entidades del sistema financiero en Honduras como son: la creación de un Portal de Registro FATCA, el que deberá estar abierto al público a más tardar el 15 de julio del 2013. Dicho registro contendrá:
*Las EFI que hayan iniciado el proceso de cumplimiento de la normativa serán consideradas como EFI registradas.
*Las EFI de los acuerdos inter-gubernamentales que hayan iniciado en proceso pueden comenzar con su registro, aun cuando el IGA esté en negociación entre ambos gobiernos.
*El término FFI-EIN/FATCA ID será reemplazado por un identificador denominado Número de Identificación de Intermediario Global (“GIIN” por sus siglas en inglés), el que será asignado a más tardar, el 15 de octubre de 2013.
*La primera lista que contendrá los GIIN será publicada el 2 de diciembre de 2013 y su actualización y emisión futura será mensual.
*Las instituciones financieras deberán completar dicho registro a más tardar, el 25 de octubre de 2013 para asegurar que la emisión de su GIIN esté disponible el 31 de diciembre de 2013.
Rita Silva, Socia Impuestos de Deloitte Honduras, es de la opinión de que “en la actualidad la mayor parte de las entidades que forman el sistema financiero hondureño no han iniciado el proceso de implementación de FATCA, en vista de que el país optará por un acuerdo inter-gubernamental entre su gobierno y el departamento del Tesoro de los Estados Unidos y el gobierno hondureño, representado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS). Luego se espera que dicha entidad emita las instrucciones al respecto a todo el sistema. El sector financiero debe conocer al detalle las últimas regulaciones aplicables por FATCA con el objeto de evaluarlas y aplicarlas en los casos concretos de cada una de las instituciones financieras. Lo anterior se sustenta en el hecho de que, con un análisis preliminar, se podrían descartar algunas operaciones que no se verían afectadas por la normativa. Con lo que se generaría ahorro de recursos en la implementación”.
Para Hermes Romero, Gerente de Riesgos Empresarial de Deloitte Honduras, “el mayor riesgo de no implementar en forma oportuna el cumplimiento de los nuevos cambios de la normativa es que podría crear para las instituciones financieras nacionales, el peligro de poner en riesgo la obtención del número GIIN (número de identificación de intermediario global) para identificarse que están en proceso de adaptación de FATCA”.

Actualmente, hay más de 50 países que ya negociaron o están en proceso de negociación de contratos inter-gubernamentales para simplificar la implementación de esta normativa.

Rita Silva, dijo que “en la actualidad la mayor parte de las entidades que forman el sistema financiero hondureño no han iniciado el proceso de implementación de FATCA”.

Las instituciones financieras deberán completar dicho registro a más tardar, el 25 de octubre de 2013.

 

 


 

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